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sábado, marzo 25, 2023

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DESDE Q. ROO

De leyes y periodistas… Por Zuleika Cáceres

Leí hace algunos días un artículo relacionado con el gremio periodístico y lo difícil que resulta organizarlo o bien organizarse. Retomando las palabras de un colega, es más fácil unir a un gremio de 7 mil socios taxistas o a los mismos maestros. A partir de la ley de protección a periodistas y personas defensoras de derechos humanos, surgieron muchas voces, algunas en contra, muchas a favor.

Las críticas, los señalamientos y hasta los agravios, fueron cada vez más persistentes hacia las organizaciones que,  por primera vez y con el respaldo de  organismos nacionales, tuvimos la disposición de participar en foros y presentar una propuesta alterna a la iniciativa del gobierno del estado, que tuvo a bien la disposición de escuchar nuestras inquietudes, que no nos conformamos con criticar o descalificar algo que podía perfeccionarse.

La iniciativa en cuestión, finalmente fue aprobada con las modificaciones correspondientes hechas por los mismos diputados que en su momento se opusieron.

Previo a ello, se consideró incluso, la ampliación de un foro en el que la participación del gremio periodístico fue prácticamente nula. Lejos de participar y exponer su sentir, las críticas arreciaron por una ley que argumentaban violentaba sus derechos, sin conocer si quiera los puntos establecidos en ese mecanismo.

Hace unas semanas, mediante la intervención de la CNDH,  la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó la invalidación y adecuación  de algunos artículos:

*El hecho de que la protección a periodistas y defensores de derechos humanos no puede limitarse a situaciones de “alto riesgo”.

*Que cuando se define al periodista como una actividad que ejerza de manera permanente, no limita el derecho de otros siempre y cuando se agregue que periodistas son también personas físicas, así́ como los medios de comunicación y difusión públicos, comunitarios, privados, independientes, universitarios, experimentales o de cualquier otra índole cuyo trabajo remunerado o no, consiste en recabar, almacenar, generar, procesar, editar, comentar, opinar, difundir, publicar o proveer información…”

*Elimina la palabra “Alto” cuando se dice que sólo se protegerá a periodistas en «alto riesgo» porque existen varios niveles de riesgos en el desempeño del periodismo.

*Estableció que es una restricción a la libertad de expresión y al ejercicio del periodismo que alguna autoridad o particular pida identificación o título como periodista o acreditación de algún medio a quien solicite información.

Gracias a la intervención de la CNDH,  la máxima autoridad determinó lo más conveniente para el gremio periodístico que, previamente habló de amparos, de reuniones y acciones en contra de la ley, ojalá algún día lo hagan realidad y algo bueno surgiera, la unidad,  porque vivir de la queja y del complicado entorno en el que nos desarrollamos, no nos llevará a ningún lado.

 

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