Planeación Hereditaria
Para proteger el patrimonio del empresario se deben tomar las siguientes medidas
- Diseñar una estructura Empresarial Patrimonial acorde a sus necesidades con el propósito de proteger el patrimonio y salir del riesgo
- Crear empresas que brinden protección y anonimato a los accionistas.
- Los recursos que se encuentran fuera de la actividad empresarial colocarlos en instrumentos de protección.
- Tener cuidado con lo que se declara para no tener repercusiones de gravamen.
- Utilizar Personas Morales para manejar liquidez.
- Utilizar las figuras que permite la ley para optimizar los recursos no cayendo en evasión.
LAS SIETE PREGUNTAS DEL EMPRESARIO
¿Qué va a pasar con mi patrimonio una vez que fallezca?
En esta primera interrogante existen empresarios que no tienen elaborado ni siquiera un testamento, por lo que al fallecer, hay gran concurrencia de herederos que muchas veces ni se imagina que existen, así como también bienes que ni siquiera recuerda que adquirió, por lo que habrá que efectuar desembolsos de dinero, trámites legales sumamente engorrosos, pleitos familiares, etc.
¿Mis socios respetarán el % accionario que le corresponde a mi familia?
En esta situación se plantea el caso de que aun dejando testamento, los socios realizan diversas maniobras para dejar sin utilidades a la empresa y no otorgar a los herederos los beneficios que el autor de la herencia creyó haber dejado, esto se puede dar si se maneja la empresa con exceso de gastos y se abren otras empresas para pasarles su operación, etc.; sabemos que existen recursos legales para estos casos, pero son muy difíciles de ganar
¿Aceptaría como accionistas con toma de decisiones a los familiares y/o herederos de mis actuales socios?
Cuando existen diversos intereses accionarios, al fallecer alguno de los socios, sus familiares o herederos tienen facultades en la toma de decisiones de la empresa, aun cuando no conocen el negocio o son influidos por terceras personas, como por ejemplo los yernos, nuevo cónyuge de la viuda, tíos, sobrinos, amigos, abogados, etc., lo que ocasiona un entorpecimiento en la operación de la empresa que la puede llevar a su desaparición.
¿Alguien de mi familia está capacitado para manejar las empresas en mi ausencia?
Con frecuencia, en empresas familiares el accionista principal es quien ha manejado totalmente la empresa y al fallecer no hay nadie que pueda llevarla adelante, por lo que el patrimonio se puede perder rápidamente
¿Qué impuesto se tiene que pagar en una transmisión hereditaria?
Generalmente en nuestro país, por lo que se refiere a la Ley del Impuesto sobre la Renta, están exentas las transmisiones por herencia, pero no en la ley Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles, ni en los patrimonios que se tienen en el extranjero, en los que con frecuencia, se manejan gravámenes que hacen que la masa hereditaria se disminuya en más de un 50%.
¿Qué van hacer mis herederos cuando se vean con una fortuna en sus manos, sobre todo si son muy jóvenes?
Este es un problema para los herederos jóvenes de la mayoría de las personas que dejan de existir, ya que cuando se ven con mucho dinero en las manos dejan de estudiar, se compran automóviles deportivos, que en varios casos los han llevado a la muerte, viajes al por mayor, juegos de azar, vicios, etc. Lo que hace que en un momento se malgaste el patrimonio
¿Al fallecer tengo que dejar protegidos a incapacitados, menores de edad, terceras personas, etc.?
En muchas ocasiones existen en la familia incapacitados o menores de edad, a los que no se les puede dejar directamente el patrimonio, sino que se les deja a través de terceras personas que lo podrían administrar mal, hacer mal uso de él, por lo que no se encuentran lo suficientemente protegidos legal o económicamente y por lo que también podrían tener un sin número de problemas que agravarían los ya existentes.
Conclusión:
Así como estos ejemplos existen muchos más que se pueden dar en el caso de no efectuar una correcta transmisión.
El empresario debe preparar oportunamente su planeación hereditaria utilizando las figuras jurídicas que regulan nuestra legislación vigente como el FIDEICOMISO, EL SEGURO DE SOCIOS, EL TESTAMENTO, etc.