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lunes, octubre 2, 2023

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¿PLANEACIÓN O EVASIÓN FISCAL? (SEGUNDA PARTE)

Columnas¿PLANEACIÓN O EVASIÓN FISCAL? (SEGUNDA PARTE)

POR: José Raúl Rangel Romero

Para aplicar una metodología de planeación fiscal también se debe tener lo siguiente:

Soporte Legal y Fiscal.- Que la operación o actividad a efectuar esté dentro de las leyes fiscales debidamente fundamentada.

Que tenga el soporte jurídico necesario para que en caso de alguna discrepancia con las autoridades fiscales o cualquier tercero se pueda defender cualquier operación o actividad realizada.

b) Soporte Documental.- Que se cuente con el documento, contrato, acta, etc., respectivo que sea necesario.

      Existe el dicho “papelito habla” lo que es totalmente cierto.

  1. c) Soporte Contable.- Uno de los requisitos de deducibilidad es el registrar contablemente todas y cada una de las operaciones efectuadas, ya que el no hacerlo tiene como castigo la no deducibilidad de la partida, aunque se reúnan todos los requisitos.
  1. Razón de Negocios.- Que cuando se efectúe algún programa empresarial en la empresa se realice no nada más por el aspecto fiscal, sino como consecuencia de las actividades normales o cambios convenientes para el negocio tendientes a mejorar por una razón de negocios, por ejemplo: el constituir un corporativo de servicios para evitar que una huelga paralice las actividades de la empresa.

En la Reforma del 2014 las autoridades trataron de modificar el artículo 5º del Código Fiscal de la Federación para incluir este concepto de lo cual estoy totalmente de acuerdo

  1. Dictamen Fiscal (cuando proceda la opción).- En toda organización es importante tener la seguridad de que la información que se tiene para la toma de decisiones es confiable, así como para tener una garantía jurídica en la implementación de programas de optimización fiscal, por lo que resulta un acierto el dictaminarse para efectos fiscales y financieros.

Estudio de Precios de Transferencia.- Toda planeación se realiza con partes relacionadas por lo tanto es imprescindible este estudio.

PLANEACIÓN FISCAL

La auténtica planeación fiscal no es una política que trate de evadir el cumplimiento de las obligaciones, al contrario, es una disciplina que permite colocarse en la mejor situación que la ley prevea de acuerdo a las actividades de un sujeto, con el propósito de optimizar sus recursos y cumplir con todos los requerimientos fiscales.

Por lo anterior, debemos tomar en cuenta que:

La planeación en sí misma no implica riesgo, sino por el contrario, lo evita, da seguridad fijando el rumbo con certidumbre.

La planeación no puede ser correctiva del pasado, debe ser preventiva del futuro.

El pago de impuestos, al igual que otros insumos es un costo del producto, por lo tanto, no puede decirse que se está cumpliendo con la misión de la empresa de producir el mejor producto al precio más bajo si se incurre en altos costos fiscales.

Cumplir cabalmente con las obligaciones fiscales implica no pagar menos de lo que se está obligado, pero tampoco pagar más de lo que se debe y esto significa estar aprovechando todos los beneficios que ofrece la ley sin evadir por lo que queridos amigos concluyo con lo siguiente:

Cuando las operaciones son reales y necesarias en una empresa para su desarrollo y crecimiento y los requerimientos fiscales son demasiado rígidos no tiene nada de malo echar mano a los conocimientos de las leyes para optimizar las cargas fiscales SIN EVADIR y a todo eso se le llama PLANEACION FISCAL para que les quede claro a las autoridades no es lo mismo evadir que planear.

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